El silencio de una estructura corporativa completa
Durante los últimos años, una red empresarial legitima y operativa ha sido sometida a un silencio impuesto, una medida que afectó directamente su derecho a expresarse y a defender la verdad de los hechos.
Todo comenzó con una empresa de Infraestructura de telecomunicaciones en Latinoamérica, llamada Continental Towers, la compañía matriz donde se concentran las acciones principales del grupo de empresas Continental Towers en Guatemala, El Salvador, Honduras, Costa Rica, Nicaragua, Panamá, Perú, y Colombia.
Impidiéndole cualquier tipo de comunicación pública.
Posteriormente, las medidas se extendieron a sus equipos directivos, gerentes y departamentos técnicos, hasta llegar finalmente a todos los empleados de su aliado estratégico DT Holding y sus subsidiarias, la empresa encargada de la comercialización, construcción, mantenimiento y operación de torres celulares de Continental Towers.
Uno a uno, los eslabones de la estructura fueron obligados al silencio, enfrentando presiones de abogados arbitrales, judiciales y económicas que anulan su capacidad de explicar lo sucedido. Así se intentó desmantelar progresivamente una organización que había mantenido operaciones legitimas por décadas, dejando sin voz a quienes podían aclarar los hechos con pruebas y documentos.
En medio de esta cadena de censura, muchos profesionales fueron afectados, incluidos directores, gerentes, empleados, representantes legales, aliados estratégicos, abogados y colaboradores de larga trayectoria. Todos quedaron sujetos a las mismas restricciones impuestas sobre toda la compañía. Sin embargo, la narrativa pública distorsiono el contexto, trasladando sobre inocentes silenciados una responsabilidad que no era de ellos.
La realidad es otra: la medida fue dirigida contra toda la estructura corporativa de Continental Towers.
Uno de los elementos más delicados de este caso es la forma en que se ha pretendido enlazar dos procesos completamente distintos: Un procedimiento mercantil-arbitral en Estados Unidos y Un proceso penal en países de Latinoamérica.
El primero, es un arbitraje cuya orden fue reconocida por un trio de abogados árbitros en Nueva York, responde a un conflicto de empresas privadas, dentro del ámbito comercial.
El segundo, en cambio, es un proceso de carácter criminal, donde se investigan conductas individuales de empleados y terceros que no tienen relación directa con las obligaciones mercantiles entre las partes.
Pretender vincular ambos escenarios constituye una distorsión jurídica y ética que altera la comprensión del caso y vulnera el principio básico de independencia entre materias penales y mercantiles.
Para ver más el documento completo “TPG Peppertree quieren confundir” de click al siguiente link:

A pesar de que TPG Peppertree y AMLQ han presentado varios escritos como este, no siempre han tenido éxito en conseguir las sanciones, sin embargo evidencia la Coacción y Extorsión.
En los últimos meses, se ha intentado construir una narrativa en la cual, las actuaciones judiciales en Latinoamérica dirigidas a esclarecer posibles delitos serian un acto de desobediencia o desacato frente a la decisión de abogados árbitros de Nueva York que no tienen jurisdicción sobre temas criminales en países soberanos. Nada más lejano a la realidad.
Basado en las conclusiones infundadas de los abogados árbitros en Estados Unidos, un juez estadounidense tuvo que resolver sobre una materia mercantil y estableció medidas respecto a una orden de ejecución. Sin embargo, esa sentencia no anula ni limita los derechos fundamentales de defensa y acción en un proceso penal en curso dentro de otra jurisdicción soberana.
El verdadero riesgo aquí es que esta confusión intencionada de contextos, puede inducir a error a la opinión publica e incluso a los propios magistrados norteamericanos, haciéndoles creer que existe una maniobra de resistencia, cuando en realidad se trata de un ejercicio legitimo del derecho a la defensa, la búsqueda de la verdad y la preservación de la justicia penal.
Es fundamental comprender que en países soberanos como El Salvador y Guatemala no se esta litigando una controversia mercantil, sino un proceso criminal donde hay abundantes evidencias e imputaciones concretas contra individuos.
Link para ver las noticias completas de orden de captura a TPG Peppertre:

Intentar utilizar ese proceso para sostener o invalidar una decisión mercantil en otro país, es una forma de manipulación procesal que compromete los principios de soberanía judicial y de respeto entre jurisdicciones.
El propósito de este señalamiento no es desafiar a ningún tribunal extranjero, sino invitar a una reflexión objetiva: la justicia solo puede ser justa cuando se respeta la naturaleza de cada proceso.
Confundirlos deliberadamente no solo afecta a las partes, sino que distorsiona el sentido mismo del derecho.